- Preocupacional: es obligatorio, se hace antes de iniciar la relación laboral y está a cargo del empleador, que puede convenir con la ART que lo realice.
- Periódicos: son obligatorios para los trabajadores expuestos a agentes de riesgo y están a cargo de la ART. Incluyen un examen clínico anual y estudios con la frecuencia que fija la norma para cada agente.
- Ruido: a los 6 meses del ingreso, la ART realiza una audiometría tonal. Antes de ese plazo, el empleador debe informarle el nombre del trabajador expuesto y el resultado de su examen preocupacional.
Normativa: Ley 19.587, Art. 9, inc. a) · Res. SRT 37/10, Arts. 2 y 3