Las consecuencias pueden venir por más de un lado:
- Multas de la autoridad de trabajo. Los incumplimientos de la Ley 19.587 y su reglamentación los sanciona la autoridad de trabajo nacional o provincial que corresponda según la jurisdicción. Para los empleadores, las normas de la SRT remiten al régimen de sanciones del Pacto Federal del Trabajo.
- Denuncia de la ART. La ART está obligada a denunciar ante la SRT los incumplimientos que detecta en el establecimiento.
- Recargo. Si el accidente o la enfermedad profesional se produjo por no cumplir las normas de higiene y seguridad, la Ley de Riesgos del Trabajo prevé además un recargo a cargo del empleador, graduado según la gravedad del incumplimiento.
La mejor protección es poder demostrar con documentación que la prevención se hizo: mediciones, capacitaciones, entregas de EPP y recomendaciones firmadas.
Normativa: Ley 19.587, Art. 12 · Dec. 351/79, Art. 230 · Ley 25.212, Anexo II (Pacto Federal del Trabajo) · Ley 24.557, Arts. 5 y 31