- Asistir al trabajador con los medios de primeros auxilios del establecimiento y, si hace falta, pedir atención de emergencia.
- Comunicarse con la ART para la derivación al prestador médico que corresponda.
- Hacer la denuncia del accidente: el empleador está obligado a denunciar ante la ART y la SRT los accidentes y enfermedades profesionales ocurridos en sus establecimientos.
- Asentarlo en el registro de siniestralidad del establecimiento.
- Investigar las causas y aplicar medidas correctivas para que no se repita.
Conviene tener el teléfono de emergencias de la ART en un lugar visible y conocer los canales de denuncia que ofrece tu aseguradora.
Normativa: Ley 19.587, Art. 9, incs. i) y l) · Ley 24.557, Art. 31, ap. 2